- Economía
- Gregory Beltrán
El Gobierno de Rodrigo Paz promulgó el Decreto 5750, normativa que incorpora principalmente tres factores para calcular las tarifas del servicio eléctrico; la cotización flexible del dólar, la inflación “a la fecha de indexación” y el combustible que emplean las generadoras, entre otros complejos componentes que se detallan en ese documento.
EL INCREMENTO NO DEBERÍA SER ABRUPTO
El objeto de la disposición declarada de “adecuar los mecanismos de actualización de precios y tarifas máximos de electricidad, el presente Decreto Supremo tiene por objeto realizar modificaciones en el Reglamento de Precios y Tarifas, aprobado por Decreto Supremo 26094, de 2 de marzo de 2001, modificado por el Decreto Supremo 29598, de 11 de junio de 2008”.
A falta de una autoridad del área, el vocero oficial presidencial, José Luis Gálvez, al término de la reunión de gabinete, explicó que esta normativa no establece un incremento de las tarifas del servicio eléctrico y lo que modifica es la forma de calcular el componente del tipo de cambio para evitar variaciones abruptas en el precio del servicio.
Los tres principales componentes se cotizan con una tendencia alcista, por ejemplo, la cotización fija del dólar se encontraba en 6,96 antes que asuma el Gobierno de Paz, aunque en los hechos superó los 20 bolivianos durante el mayor índice de escasez. Posteriormente, se decidió aplicar un tipo de cambio flexible con una base inicial de 9,73 bolivianos hasta llegar ayer a 11,70 bolivianos.
“¿De qué se trata el decreto?, se trata de proteger a la población en general y que las tarifas no suban de manera abrupta”, explicó el vocero en conferencia de prensa que ofreció en la Casa Grande del Pueblo. Respecto a las permanentes modificaciones en la cotización del dólar sostuvo que la norma establece el uso del promedio mensual del tipo de cambio, en lugar de tomar como referencia únicamente la cotización del día 25 de cada mes.
“El decreto supremo actualiza las fórmulas utilizadas para calcular los precios y tarifas del sector, particularmente en el tipo de cambio. Y en lugar de tomar un punto que pudiera variar notablemente y afectar la economía familiar, lo que hacemos ahora es tomar un promedio y se evitan esas subidas muy notorias”, señaló.
LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Entre las disposiciones transitorias especifica que la actualización anual del valor de los activos correspondientes a inversiones que se realicen en moneda extranjera, “en los montos aprobados por el Ente Regulador, se utilizará el promedio de los registros del tipo de cambio oficial determinado por el Banco Central de Bolivia durante 365 días calendario, previos a la fecha de actualización”, señala el documento.
Gálvez cuestionó algunas informaciones que se difudieron respecto a que esta normativa dará lugar al incremento de las tarifas eléctricas en forma mensual.
Explicó que el tipo de cambio permaneció fijo durante un largo periodo, sin embargo reconoció que puede registrar variaciones diarias y por eso se tomó la decisión de establecer el promedio del mes, lo que permitiría dar mayor previsibilidad al cálculo y reducir el riesgo de cambios abruptos.
“No estamos hablando de un incremento de las tarifas, son los mismos criterios”, dijo.