• Economía
  • Gregory Beltrán

El 25 de junio de 2024, el Banco Central de Bolivia (BCB) autorizó la compra y venta de activos virtuales a través de canales e instrumentos electrónicos de pago (IEP) y se dejó sin efecto la Resolución de diciembre de 2020, que prohibía este tipo de transacciones.


La escasez de dólares obligó al Gobierno de Luis Arce a autorizar este novedoso sistema con el que se podía acceder a divisas, al menos en forma virtual. Al día siguiente enfrentaría un alzamiento militar, que todavía se investiga, e impidió mostrar la importancia que en la actualidad representa.

LOS PASOS A CUMPLIR POR LAS ETF
Después de más de dos años de la aprobación de esta novedosa forma de realizar transacciones, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) hizo conocer la cantidad de empresas que se postulan para lograr el reconocimiento y de esta forma empezar a operar con diversos tipos de productos financieros. 


El informe que emitió esta entidad reguladora señala que hay 14 unidades en proceso de constitución y 23 en adecuación.
Cuando concluya este procedimiento legal, los usuarios conocerán qué empresas de tecnología financiera (ETF) operarán oficialmente en Bolivia.


Según la ASFI, una ETF es una empresa constituida en Bolivia que utiliza tecnología para ofrecer servicios en los ámbitos financiero, del mercado de valores o de seguros. Según la actividad que desarrolla, puede permitir hacer pagos digitales, financiamiento, blockchain, activos tokenizados, activos virtuales u otras soluciones tecnológicas contempladas en la normativa. 


¿Por qué una ETF necesita una licencia de funcionamiento? Responsables de la entidad reguladora explicaron que es preciso que estas empresas cumplan los requisitos legales, técnicos y operativos establecidos para prestar sus servicios.


“Este proceso permite evaluar aspectos relacionados con su funcionamiento y contribuye a la protección de los recursos de los usuarios, la confidencialidad de su información y el respeto a sus derechos”, señala un informe de la entidad reguladora.


Las que se encuentran en proceso de adecuación prestaban servicios antes de mayo de 2025 y lo que se espera es que deban adecuar sus operaciones a las exigencias formales.


Este proceso de constitución es para aquellas que buscan establecerse en Bolivia, tanto aquellas empresas nuevas como las extranjeras. Según la ASFI, estas deben cumplir algunas etapas: deben presentar una solicitud con información sobre los servicios que pretenden ofrecer, quiénes las forman y el origen de los fondos que utilizarán. Si cumplen los requisitos iniciales reciben la no objeción para continuar el trámite. Se aclara que el documento que se les entrega no les permite todavía prestar servicios al público. 


Deben contar con una Garantía de Seriedad de Trámite, que equivale a 5.000 UFV (Unidades de Fomento a la Vivienda), que la pasada semana se encontraba en 3,36 bolivianos, de acuerdo con el BCB. 


Después de cumplirse estos requisitos, la ASFI emitirá la Resolución de Autorización de Constitución, que permitirá formalizar a la empresa en un plazo que no debe superar los 180 días.


De esta forma pasarán a operar un entorno supervisado por la ASFI, con límites y condiciones controladas. “Esta etapa permite evaluar cómo funcionan sus servicios y revisar aspectos como la seguridad, los riesgos y la protección de los usuarios”, se lee en el documento mencionado.


Estas empresas deben cumplir los requisitos legales, técnicos y operativos establecidos para prestar sus servicios, explica la entidad reguladora.


El procedimiento de adecuación es para aquellas empresas que realizaban actividades comprendidas en esta regulación antes del 7 de mayo de 2025. Este proceso ajusta su funcionamiento a los requisitos establecidos actualmente y contempla cuatro etapas: Una presentación de la carta de intenciones, en el que la empresa comunica a la ASFI que desea ingresar al proceso de adecuación y presenta la información requerida sobre sus servicios y un plan de adecuación, en el que explica cómo adaptará sus operaciones a los requisitos regulatorios. en vigencia.


Si la empresa interesada cumple los requisitos de esta fase, la empresa puede obtener el Certificado de Adecuación y cuando corresponda también debe realizar pruebas bajo la supervisión de la entidad nacional reguladora.


Finalmente se le entregará una Licencia de Funcionamiento, después de verificar el cumplimiento de los requisitos y superadas las pruebas que correspondan. 


Se recomienda que antes de realizar operaciones, se solicite datos a la ASFI.