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  • Armin Copa

La presidenta del Tribunal Constitucional Plurinacional, Paola Prudencio, aclaró que la facultad de la Asamblea Legislativa para interpelar y censurar a ministros de Estado permanece intacta dentro del ordenamiento jurídico. Esta precisión surge en medio de la expectativa por la convocatoria al titular de Hidrocarburos, Mauricio Medinaceli, cuya sesión fue reprogramada para el próximo martes. La autoridad judicial confirmó que, ante una eventual censura parlamentaria, la consecuencia inmediata establecida por la normativa actual es la remoción del cargo del colaborador presidencial.

La determinación jurídica se fundamenta en la Ley 1350 y en fallos constitucionales previos que regulan los efectos del control legislativo sobre el Ejecutivo. No obstante, Prudencio puntualizó que la única restricción anulada por la justicia es la prohibición de reincorporar al funcionario destituido en un periodo de tres años. De esta manera, aunque la destitución es de carácter obligatorio tras una censura, el Jefe de Estado conserva la potestad de designar nuevamente a la misma persona si así lo considera pertinente, debido a que el veto temporal fue declarado inconstitucional.

Este escenario legal cobra relevancia ante los cuestionamientos de los legisladores sobre el abastecimiento de combustibles y la calidad de la gasolina en el país. El órgano constitucional exhortó al Parlamento a legislar sobre los alcances específicos de la censura para evitar vacíos normativos en el futuro. Por ahora, el procedimiento administrativo sigue su curso bajo los parámetros vigentes, mientras la opinión pública aguarda los resultados de las sesiones de fiscalización que se reanudarán en las siguientes jornadas.