- Economía
- Armin Copa
El nivel central del Estado determinó la anulación de las normativas que daban vía libre a las deducciones directas en los sueldos de los funcionarios públicos, maestros y jubilados destinados a las organizaciones sindicales. Esta medida, oficializada mediante el Decreto Supremo 5654, surge con el propósito de resguardar los ingresos económicos de la población laboral y de los beneficiarios de jubilación frente a cobros arbitrarios. A partir de esta disposición, los únicos descuentos autorizados de forma directa corresponden a temas de seguridad social, tributarios, sanciones por faltas o atrasos y retenciones de carácter judicial.
De esta manera, quedaron sin efecto siete decretos previos que daban soporte a este tipo de retenciones colectivas, entre los cuales destaca el que regía los aportes de los educadores del sector público. Quienes de ahora en adelante decidan mantener su apoyo económico a sus gremios de manera voluntaria, tienen que tramitar un permiso específico. El trámite requiere de una orden directa, formal y con opción a retiro, para que el débito se ejecute desde sus respectivas cuentas bancarias personales.
En cuanto a los pensionados del Sistema de Reparto, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto aplica límites similares para asegurar que solo se tomen recursos bajo conceptos autorizados por ley, como salud y asistencia familiar. Las entidades autónomas del país tienen el camino libre para replicar estas restricciones en sus respectivas regiones si así lo consideran pertinente. Por su parte, la Policía Boliviana y las Fuerzas Armadas quedan exentas del alcance de esta nueva regulación nacional.