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Construyeron viviendas y residen en el municipio de La Paz, pero pagan sus impuestos por bienes inmuebles en las alcaldías de Achocalla y Laja. Autoridades ediles paceñas detectaron, hasta la fecha, 3.425 casos, por lo que iniciaron el proceso de fiscalización correspondiente.

“Hemos identificado y cuantificado de forma preliminar a 3.425 predios que estarían en esta situación irregular”, explicó Noemí Lastra, directora de la Administración Tributaria Municipal (ATM). Entre estas construcciones hay 42 “edificios grandes” que están en la jurisdicción paceña, pero que no tributan al municipio, lo que implica un daño económico que se cuantificará “como resultado de las fiscalizaciones”.

Del total de casos, cerca del 98 por ciento son viviendas unifamiliares y el resto está compuesto por edificios.

“Les otorgamos alumbrado público, servicio de recojo de basura, atención de desastres y ellos consumen esos servicios, pero no tributan al tesoro municipal”, protestó la autoridad.

Hay predios que están en los límites con esos municipios y otros en la jurisdicción paceña. Hace tres semanas se inició el proceso de fiscalización para invitar a los dueños a presentar su documentación y regularizar sus casos voluntariamente. “Están autorizando urbanizaciones y condominios que no son posibles de autorizar, y están cobrando impuestos sobre nuestra jurisdicción (…) Ésa es una ilegalidad”, afirmó, a su turno, la secretaria municipal de Planificación, María del Carmen Rocabado.

Explicó que muchas personas optan por hacer sus trámites en otras alcaldías, porque “se les da un catastro rápido, sin muchos documentos y luego los obligan a pagar impuestos”.

Ante esa situación, se activó el Programa 1, 2, 3, que les emitirá certificados de jurisdicción y después los dueños, con una carta notariada, deben ir al municipio vecino para desafiliarse de esa administración.

Luego, deben empadronarse en la Alcaldía de La Paz. “Si lo hacen hoy, desde el próximo año comenzarán a pagar impuestos”, sin multas ni cobros retroactivos, precisó Rocabado.

De lo contrario, los contribuyentes serán inscritos “de oficio” en el municipio de La Paz, al ejecutar la fiscalización, y deberán hacer cuatro tipos de pago desde 2012: impuesto, mantenimiento de valor, intereses y multa por omisión de pago. Los montos varían según el tamaño del terreno, de la calidad de la construcción y las edificaciones en sí.

“El Código Tributario determina que no hay prescripción en los casos en los que el contribuyente no ha registrado el objeto tributario ante esta administración tributaria”, precisó Lastra.

Estas acciones se realizan en cumplimiento de la Ley 214, de 2016, que contempla un registro voluntario para que el contribuyente pague impuestos, a partir de la fecha del registro correspondiente.

Lastra aclaró que las construcciones fuera de norma, antes de su registro en el padrón, deben hacer un proceso previo ante la Secretaría de Planificación, donde se analizará cada caso, “pues no se puede destruir predios donde ya viven familias”. El Programa 1, 2, 3 va dirigido a viviendas unifamiliares, pues “no puede beneficiarse el dueño de un edificio de 30 pisos, pese a que solo podía construir 10”, precisó Lastra, en el entendido que en esos casos la Secretaría de Planificación verificará su situación técnica y emitirá una norma específica.

Por: Luis Mealla