• Economía
  • Armin Copa

El Decreto Supremo 5764, promulgado el 5 de noviembre por el presidente Rodrigo Paz, atribuye a los consumidores todo el costo del peaje de transmisión del Sistema Troncal de Interconexión (STI). La norma modifica los artículos 27, 29 y 30 del Reglamento de Precios y Tarifas de la Ley de Electricidad, aprobado por el Decreto Supremo 26094.

El monto se repartirá según la potencia de punta de los agentes consumidores, y no en partes iguales entre los usuarios. Se dividirá el costo entre la potencia de punta de todos ellos para fijar un peaje unitario, que se incluirá en el Precio de Nodo de potencia de cada punto de conexión. Así, el peaje no será un cobro aparte, sino parte del componente de potencia de la tarifa.

Las empresas generadoras asumirán la diferencia entre el peaje total y el monto que corresponde a los consumidores. El decreto prohíbe incluir los costos de transmisión en los costos variables de producción de energía. Además, el ente regulador tendrá cinco días hábiles administrativos para adecuar los costos de operación y mantenimiento de referencia de la generación y reglamentar la fijación de precios del diésel.