• Economía
  • Armin Copa

El Gobierno oficializó el Decreto Supremo 5563, una norma que establece beneficios fiscales para las compañías internacionales que decidan reinvertir sus ganancias dentro del territorio nacional. La medida busca incentivar que los socios y accionistas de empresas extranjeras o sucursales domiciliadas en el país destinen sus utilidades a proyectos productivos. Bajo este esquema, quienes opten por la reinversión total o parcial de sus dividendos recibirán una exención en el pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas – Beneficiarios del Exterior (IUE-BE).

La normativa estipula una escala de incentivos que depende directamente del monto de capital que permanezca en el país para financiar activos fijos o modernizar operaciones. Si la reinversión alcanza o supera el 75% de las utilidades, la tasa de retención tributaria se reduce significativamente al 3,125%. En contraste, para reinversiones situadas entre el 50% y el 74,99%, la cifra asciende al 6,25%, mientras que los rangos inferiores, entre el 25% y el 49,99%, acceden a una retención del 11,25%.

Para acceder a estos beneficios, las empresas deben registrar la capitalización de sus recursos en una cuenta de reserva patrimonial específica. El decreto también advierte que, en caso de que estos fondos no se utilicen finalmente para los fines de inversión declarados, los contribuyentes deberán cancelar los tributos pendientes conforme a lo establecido en el Código Tributario. Esta reglamentación precisa los procedimientos operativos de la Ley 1613, vigente desde este periodo fiscal 2025, con el fin de dinamizar la economía boliviana.