- Política

- Susana Salinas
25/8/2025.- Los resultados definitivos de las elecciones realizadas el pasado domingo 17 han puesto en riesgo la vigencia de al menos dos partidos políticos de trayectoria, como Acción Democrática Nacionalista (ADN) y Unidad Cívica Solidaridad (UCS), que no alcanzaron el mínimo del 3 por ciento de la votación nacional exigido por ley para mantener su personería jurídica.
En ese sector de riesgo también se ubica el Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR), que determinó solicitar “licencia” al Tribunal Supremo Electoral (TSE), el 11 de mayo, para no participar en los comicios, al cumplirse 98 días antes de la fecha clave.
El artículo 58 de la Ley 1096, de Organizaciones Políticas, establece que los partidos que no logren al menos el 3 por ciento de los votos válidos en la elección reciente deben perder su personalidad jurídica.
El Reglamento de Procedimiento para la Cancelación de Personalidad Jurídica y Gradación de Sanciones, aprobado en 2022, regula el proceso formal que debe seguirse para ejecutar dicha sanción.
ADN y UCS participaron en las elecciones generales en alianzas electorales, Libertad y Progreso ADN y La Fuerza del Pueblo, respectivamente, pero no alcanzaron el umbral que establece la normativa para mantener su estatus legal.
De acuerdo con los datos del cómputo electoral, Libertad y Progreso ADN logró solo el 1,45 por ciento de los votos, y La Fuerza del Pueblo apenas 1,67 %.
El cómputo oficial de las elecciones generales confirmó el jueves una segunda vuelta entre los candidatos Rodrigo Paz Pereira, del Partido Demócrata Cristiano (PDC), con 32,06 por ciento de la votación, mientras que Jorge Tuto Quiroga, de la alianza Libre, logró 26,70 por ciento.
En tercer lugar quedó Samuel Doria Medina, de la alianza Unidad, (19,69). Andrónico Rodríguez, de Alianza Popular quedó en cuarto lugar (8,51). Manfred Reyes Villa, de APB-Súmate, ocupó el quinto puesto (6,75 %). Eduardo del Castillo, del MAS, obtuvo el sexto puesto (3,17 %). Los votos nulos sumaron el 19 por ciento.
En este escenario, el TSE anunció que iniciará el procedimiento de cancelación de personerías jurídicas, con base en los datos del cómputo oficial. Esto implica que serán notificados los partidos con baja votacion y se les abrirá un plazo legal para que puedan defenderse, tras lo cual se les revocará la personería.
En el proceso de cancelación de personería jurídica, el TSE revisa los resultados y luego de la verificación de la normativa, la Sala Plena puede iniciar la cancelación “ipso facto”.
Respecto a la notificación y el plazo de defensa, se indicó en el TSE que el partido afectado es avisado por medios electrónicos o tradicionales sobre su situación. A partir de ese momento, se abre un plazo de cinco días hábiles para presentar sus descargos y ejercer su derecho de defensa ante la Secretaría de Cámara del ente electoral.
Si los descargos no son suficientes o no se presentan, el TSE procede a emitir una resolución que determina la cancelación formal de la personería jurídica. Esa resolución sella el destino legal del partido que sale del espectro político.