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  • Aleja Cuevas

27/5/2025.- Hace 213 años, el 27 de mayo de 1812, un puñado de valientes mujeres se atrincheró en la colina de la Coronilla, en Cochabamba, para resistir la arremetida de las fuerzas realistas comandadas por el sanguinario José Manuel de Goyeneche, cuyo objetivo era frustrar la revolución liderada por Esteban Arce. En las dos décadas precedentes, se han promulgado al menos siete disposiciones y se desarrollaron programas que protegen los derechos y la condición de las madres bolivianos.

En muchos países, el Día de la Madre se celebra el segundo domingo de mayo, aunque algunos, como México, se festeja el 10 de mayo, y en Argentina, el tercer domingo de octubre.

En Bolivia, el 8 de noviembre de 1927, bajo la presidencia de Hernando Siles Reyes, se promulgó la Ley que instituyó el Día de la Madre Boliviana, celebrado cada 27 de mayo en homenaje a las Heroínas de la Coronilla.

Según los relatos históricos, Manuela Gandarillas, lideresa de las Heroínas de la Coronilla, ya anciana y ciega, animó a un grupo de mujeres: “¡Si no hay hombres para defender la patria y morir por ella, aquí estamos nosotras, para salir y afrontar al enemigo!”. Inspiradas por su arenga lograron adueñarse de la llave del arsenal y armarse para enfrentar a los españoles. 

Estas mujeres protegieron a sus hijos, según documento de la Fundación Cultural del Banco Central de Bolivia, se organizaron para resistir, escalaron la colina de San Sebastián con la consigna “Nuestro hogar es sagrado”. Se sabe que unas 30 mujeres murieron mientras intentaban bloquear el avance de las tropas españolas.

TIEMPO DESPUÉS

En Bolivia, existen normativas que proteger los derechos y bienestar de las madres. La Ley General de Trabajo, promulgada en diciembre de 1942, establece que las mujeres embarazadas descansarán 45 días antes hasta 45 días después del alumbramiento, o hasta un tiempo mayor si como consecuencia sobrevinieran casos de enfermedad. Durante este periodo, conservarán su cargo y percibirán el 100 por ciento de sus sueldos o salarios. 

Esta ley, que data de 83 años, también ordena a las empresas que ocupan a más de 50 obreros mantener salas cuna. 

En agosto de 2006, se promulgó la Ley de Fomento a la Lactancia Materna y Comercialización de sus sucedáneos que establece la lactancia materna exclusiva durante los primeros seis meses de vida del niño. El decreto reglamentario 0115 obliga a las instituciones públicas y privadas a permitir que las madres lactantes lleven a sus bebés a sus fuentes de trabajo o de estudio para facilitar la lactancia materna exclusiva. 

En abril de 2009, se creó el Bono Azurduy mediante el Decreto Supremo 066, un incentivo económico para que las mujeres accedan a los servicios de salud durante el embarazo (parto y posparto), así como el cumplimiento de los protocolos de control integral, crecimiento y desarrollo de niñas y niños desde su nacimiento hasta cumplir los dos años de edad.

Cuatro años después se promulgó la Ley 348, de marzo de 2013, una normativa macro que garantiza a las mujeres una vida libre de violencia.

Un año después, el Código Niña, Niño y Adolescente establece, en su artículo 24, la atención gratuita con calidad y buen trato a la madre, en las etapas prenatal, parto y postnatal, con tratamiento médico especializado, dotación de medicamentos, exámenes complementarios y en su caso, apoyo alimentario o suplementario sea necesario. 

En caso de niñas o adolescentes embarazadas, se prioriza la atención psicológica y social durante todo el período de gestación, parto y postparto.

Ese mismo año, se promulgó la Ley 603, de Código de las Familias, que establece la autoridad parental compartida entre madres y padres, lo que significa que ambos tienen el mismo derecho y responsabilidad en la crianza de sus hijos. 

A estos beneficios, se suma el Subsidio Universal Prenatal por la Vida (SUPPV), establecido por el Decreto Supremo 2480, en agosto de 2015, que consiste en la entrega de paquetes de alimentos a partir del quinto mes de gestación.