- Economía
- Armin Copa
El Ejecutivo promulgó el Decreto Supremo 5746 para mantener el valor de venta del Gas Licuado de Petróleo en 22,50 bolivianos por unidad de diez kilos para los consumidores finales. Esta normativa modifica disposiciones previas con la finalidad de resguardar el abastecimiento regular del carburante en el mercado interno.
La medida surge después de las protestas de los distribuidores, quienes señalaron que sus gastos operativos se incrementaron por efecto del valor del diésel. Ante este escenario, la flamante norma establece ajustes específicos en los márgenes de ganancia destinados tanto a mayoristas como a minoristas dentro de la cadena comercial.
De acuerdo con el texto oficial, la estructura de costos contempla un descuento específico por kilogramo para sostener la tarifa fija al público. De esta manera, las autoridades buscan equilibrar la economía del sector comercial sin repercutir en el bolsillo de la ciudadanía.