- Economía

- Armin Copa
20/9/2025.- El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró inconstitucionales los parágrafos I y II de la Disposición Adicional Séptima de la Ley de Presupuesto General del Estado (PGE) 2025. La normativa, que autorizaba el decomiso de productos a comerciantes que retuvieran mercancías para subir los precios, fue suspendida de forma provisional desde el 17 de marzo.
La sentencia constitucional 0017/2025, notificada casi cuatro meses después de su emisión el 23 de mayo, respondió a una acción presentada por el diputado Miguel Antonio Roca el 6 de marzo. El recurso argumentaba que la disposición era contraria a varios artículos de la Constitución Política del Estado.
El TCP argumenta que la norma impugnada incorpora disposiciones ajenas a la naturaleza de la ley, que es temporal y limitada a un ejercicio fiscal. El fallo contó con votos disidentes de los magistrados Gonzalo Hurtado y Julia Elizabeth Cornejo.