• Economía
  • Gregory Beltrán

Tanto el Gobierno como la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) emitieron medidas para que las entidades de intermediación financiera puedan reprogramar los créditos de quienes enfrentan problemas por los conflictos sociales, desastres y otros, pero estas disposiciones no lograron contener la protesta de prestatarios que protagonizaron una movilización hasta las puertas del Ministerio de Economía. 

Según el reporte de la entidad reguladora, en septiembre de 2023 el número de operaciones llegaban a 4.442 y en agosto se disparó a 57.269 por un monto superior a los 7.600 millones de bolivianos.

NORMA

El Decreto 5241 señala: “Con el propósito de coadyuvar a la recuperación económica de prestatarios del sistema financiero, que hubieran sido afectados en su capacidad de pago, el presente Decreto Supremo tiene por objeto disponer que las Entidades de Intermediación Financiera y las Empresas de Arrendamiento Financiero atiendan y evalúen las solicitudes de refinanciamiento y/o reprogramación de las operaciones de crédito, de los deudores que voluntariamente lo requieran”.

Las entidades financieras deben convenir la negociación “en función a la situación económica y capacidad de pago de éstos”, los mismos podrán contemplar periodos de gracia, prórroga y otros mecanismos favorables “que faciliten las condiciones de la operación crediticia, mejoren el acceso a soluciones ajustadas a las características del crédito y brinden una solución particular a cada prestatario”.

En este sentido, la norma dispone que las entidades deben adecuar sus procesos de análisis y evaluación crediticia, en el caso de los prestatarios que tengan un plazo de hasta dos años, la reprogramación se estructurará por un periodo no mayor a los cinco años y los que tengan más de dos años la reprogramación la definirá la reglamentación de la ASFI, que debe emitirla en 10 días.

La directora de la entidad reguladora, Ivette Espinoza, dijo que desde el mes pasado se publicaron disposiciones para implementar periodos de gracia y se amplía el plazo del inicio de las acciones judiciales de 91 a 121 días a partir de la fecha en que ingresa en mora el prestatario.