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  • Armin Copa

9/1/2026.- La Sala Constitucional Primera de Santa Cruz denegó la acción popular interpuesta contra el Decreto Supremo 5503, norma que eliminó la subvención a los carburantes en el país. El fallo judicial, emitido la tarde de este viernes, establece que este tipo de recurso jurídico no es el mecanismo adecuado para cuestionar la validez de una normativa estatal. Según la resolución, la tutela solicitada por el abogado Wilmer Vásquez carece de competencia en esta instancia regional.

El vocal Alaín Núñez fundamentó la decisión al explicar que el Tribunal Constitucional Plurinacional posee la facultad exclusiva para declarar la inconstitucionalidad de los decretos supremos. Durante la audiencia, la autoridad judicial subrayó que la acción popular no puede utilizarse para sustituir los procesos específicos de control normativo que establece la Constitución. Esta determinación mantiene la vigencia plena de la medida económica implementada por el gobierno del presidente Rodrigo Paz desde el pasado diciembre.

Por su parte, la parte accionante sostuvo que el documento legal presenta fallas estructurales de forma y fondo que vulneran los derechos ciudadanos. El jurista Vásquez argumentó que varios artículos de la norma contradicen el ordenamiento legal vigente, por lo que buscaba su anulación inmediata para frenar el impacto en la economía popular. Pese a estos alegatos, el dictamen judicial cierra la vía de la justicia ordinaria para este reclamo, dejando la resolución final en manos de la máxima instancia constitucional en Sucre.