• Política
 El ministro de Medio Ambiente, Alan Lisperguer
  • Wilson Aguilar

El Gobierno emitió el Decreto Supremo 5225 que declara “pausa ambiental ecológica” indefinida y prohíbe, a partir de su vigencia, cualquier tipo de quema en el territorio nacional, además de suspender las autorizaciones emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT).

Paralelamente, el Ejecutivo remitió un proyecto de ley a la Asamblea Legislativa Plurinacional que endurece las penas para las personas que provoquen incendios. 

La declaratoria de pausa ambiental ecológica establece que “todas las autorizaciones emitidas por la ABT quedan suspendidas, además que prohíbe la emisión de nuevas autorizaciones de quema”.

Asimismo, la normativa establece que las áreas “fiscales afectadas por quemas e incendios forestales serán consideradas tierras fiscales no disponibles por un periodo mínimo de cinco años hasta que se proceda a su restauración y posterior utilización”.

Por otra parte, se determina que el Ministerio de Medio Ambiente será responsable de llevar adelante el repoblamiento de fauna y flora en “áreas protegidas, reservas forestales y tierras fiscales afectadas por incendios”.
También instruye a los ministerios de Defensa y Gobierno el resguardo de las áreas y reservas protegidas en todo el país.

TIEMPOS DUROS

El ministro de Medio Ambiente, Alan Lisperguer, encargado de dar a conocer las determinaciones del gabinete de ministros, refirió que Bolivia aún se encuentra en tiempos difíciles, debido a la situación climática.

“Todavía quedan meses críticos en los que pueden estallar incendios de magnitud ya que a través del comportamiento climático estamos en un periodo de (el fenómeno de) El Niño elevado”, y anticipó que en septiembre, octubre y noviembre podrá haber otros problemas.

El PROYECTO

De manera paralela, el Ejecutivo envió un proyecto de ley al Legislativo para su aprobación, mecanismo que plantea endurecer las penas de cárcel en contra de los autores de quemas e incendios forestales. 

De acuerdo con la propuesta, la persona que promueva un incendio que afecte bosques, tierras forestales, reservas protegidas, tierras fiscales, humedales o pastizales puede ser condenado de seis a 12 años de reclusión.

También, prevé condenas de cinco a siete años de privación de libertad contra quien o quienes ordenen o se beneficien “con la ejecución del incendio forestal”. 

Este planteamiento determina la modificación del artículo 206 del Código Penal. La actual legislación punitiva contiene penas leves contra los responsables de causar incendios forestales.