- Economía

- Armin Copa
4/4/2025.- La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) ha emitido nuevas directrices para las entidades financieras en el marco de la declaratoria de "Situación de Emergencia Nacional", debido a las inundaciones y otros eventos climáticos adversos que afectan al país. Esta medida fue tomada tras el Decreto Supremo N° 5358 de 26 de marzo de 2025 y la Resolución N° 020 de 31 de marzo de 2025, dispuesta por el Consejo Nacional de Autonomías.
A partir de esta resolución, las Entidades de Intermediación Financiera y las Empresas de Arrendamiento Financiero deberán atender las solicitudes de refinanciamiento y/o reprogramación de créditos por parte de los prestatarios afectados por las emergencias climáticas. Cada solicitud será evaluada de manera individual, teniendo en cuenta las particularidades de la situación de cada cliente y las perspectivas futuras de sus actividades económicas.
El refinanciamiento o reprogramación de los créditos podrá incluir medidas como periodos de gracia, prórrogas de capital e intereses, entre otras condiciones favorables que faciliten la recuperación financiera de los afectados. Es importante destacar que estas operaciones no implicarán automáticamente una reclasificación del deudor a una categoría de mayor riesgo.
La ASFI también ha establecido un plazo máximo de 30 días calendario para la atención de estas solicitudes, asegurando que las entidades financieras ofrezcan un trato equitativo, transparente y accesible a los prestatarios afectados. Asimismo, deberán proporcionar información clara y disponer de canales efectivos de comunicación para atender consultas y solicitudes.