• Economía
  • Armin Copa

El Órgano Ejecutivo promulgó el Decreto Supremo 5701, normativa que otorga la facultad exclusiva a las refinerías instaladas en el país para importar petróleo crudo con destino a su procesamiento local. La medida gubernamental excluye a particulares o firmas de otros rubros y exige la previa coordinación de los volúmenes con el Comité de Producción y Demanda, además del cumplimiento de los estándares de calidad definidos por el Ministerio de Hidrocarburos y Energías.

La nueva disposición legal introduce cambios significativos en la comercialización de los derivados obtenidos del crudo importado, los cuales saldrán al mercado bajo la regulación del libre juego entre la oferta y la demanda. Las plantas procesadoras quedan habilitadas para distribuir la gasolina y el diésel directamente a estaciones de servicio, mayoristas y grandes consumidores, junto con la exención de la alícuota del Impuesto a la Especialidad de los Hidrocarburos y sus Derivados hasta el final del año 2030.

Con esta estrategia, la administración estatal busca amortiguar los efectos de la escasez de carburantes y la limitada producción hidrocarburífera en el territorio nacional. Asimismo, la norma abroga el marco regulatorio previo e incluye la opción de venta hacia el exterior de eventuales excedentes, previa autorización oficial, con el propósito de fortalecer la cadena de suministro energético en la economía boliviana.