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El expresidente Evo Morales y máximo líder del Movimiento Al Socialismo, solicitó —a través de sus abogados— a la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, tramitar la sentencia constitucional 0087/2021-S4 del TCP, que dispone una indemnización Bs 1.9 millones, debido a que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) no le permitió ser candidato a primer senador por Cochabamba, en 2020.
El recurso establece una calificación del daño y la correspondiente indemnización en favor de Morales, solicitud que debe ser resuelta por esa sala constitucional, en función al “lucro cesante y el daño emergente” ocasionado.
El proceso es impulsado por Wilfredo Chávez, exprocurador y abogado del líder del MAS; en ese marco, demanda que la indemnización sea pagada por el TSE, entonces presidido por Salvador Romero, según reportó la televisora Unitel.
El documento detalla los gastos realizados, como los sueldos que Morales había recibido por un período de cinco años (60 meses) que equivalen a Bs 1.39 millones; aguinaldos; 80 días de vacación; y gastos judiciales; además de la redacción de un amparo constitucional, por valor de Bs 20.000.
En 2020, el TSE rechazó la postulación de Morales a senador en las elecciones generales, pues no cumplió con el requisito de residencia permanente en Bolivia, obligatorio para participar en el proceso.
“Solicitamos respetuosamente se proceda a la calificación y consecuente indemnización económica a favor de Juan Evo Morales Ayma, por un total de Bs. 1.912.933,59 (Un millón de novecientos mil doce novecientos treinta y tres 59/100 bolivianos), por concepto de gastos judiciales, lucro cesante y daño emergente, a ser pagados por el Tribunal Supremo Electoral", señala parte del documento.
Sobre esa base legal, la defensa de Morales espera que la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz contemple la calificación de daños y perjuicios.
Asimismo, el documento establece que esta situación no solo implica la vulneración de los derechos políticos y la igualdad del accionante, sino que también “repercutió en su proyecto de vida, así como de la garantía al debido proceso”.
Por: Judith Apaza Ochoa