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  • Gregory Beltrán

El Gobierno promulgó el miércoles pasado el Decreto 5199 que dispone el registro de todas las empresas que emplean aplicaciones para el servicio de transporte de pasajeros.

Se trata de una medida inédita, destacó en conferencia de prensa el ministro de Obras Públicas, Édgar Montaño, quien dijo que uno de los objetivos es avanzar hacia la mejora de la calidad y seguridad del transporte de pasajeros en Bolivia.

“Las aplicaciones en el sector del transporte son muy importantes, ya que los servicios digitales potencian, masifican y brindan valor agregado a cada uno de los servicios… El mecanismo que este decreto incorpora es preventivo y también de control, para fines de seguridad ciudadana. Así el Estado, a través de sus instancias, podrá contar con información para fines de seguridad”, dijo, a su turno, el director de la ATT, Néstor Ríos.

El artículo primero del mencionado decreto establece que se creará el Registro Nacional de Aplicación Digital para Transporte de Pasajeros (ATP) y normar aspectos relevantes para la seguridad ciudadana.

Se aplicará a toda persona jurídica, pública o privada que pone a disposición una ATP, a través de la cual se realiza la gestión de transporte público terrestre de pasajeros dentro del país. Esta tarea debe ser normada por la ATT en un plazo de 60 días a partir de la promulgación del decreto. Los interesados en operar este servicio deben presentar su registro de comercio, su NIT, su razón social y otros requisitos. Este pedido fue planteado por delegados del transporte con el fin de que el Estado se encargue de regular el funcionamiento de ese nuevo sector.
Para precautelar la seguridad los interesados en operar este servicio deben contar con la Tarjeta de Identificación del Conductor, documento emitido por la Policía Boliviana.