- Política
- Susana Salinas
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) planifica activar querellas penales y buscar la cancelación de personerías jurídicas de partidos y agrupaciones ciudadanas que incurrieron en la falsificación de registros de militanytes. Amparado en la Ley 018, el ente electoral sistematiza las pruebas de inscripciones irregulares por departamentos para ser remitidas al Ministerio Público, que procesará a los responsables de estas organizaciones por la comisión de delitos de falsedad material y uso
de instrumento falsificado.
El secretario de Cámara del TSE, Fernando Arteaga, informó que la Sala Plena determinó acumular todas las denuncias de ciudadanos que fueron inscritos sin su consentimiento para remitirlas ante la justicia.
La medida responde a un informe del Tribunal Electoral Departamental (TED) de La Paz y a un instructivo nacional que ordena a las regiones sistematizar cada caso de fraude documental.
“Por decisión de Sala Plena, todas las denuncias serán acumuladas y remitidas al Ministerio Público para que se asuman las acciones correspondientes”, explicó Arteaga, al destacar que las irregularidades involucran a agrupaciones de alcance nacional, departamental y municipal.
El TSE fundamenta esta ofensiva legal en la Ley 018, cuyo artículo 24 faculta al Tribunal a denunciar delitos electorales y constituirse en parte querellante en casos graves. Esta prerrogativa permite que el TSE no sólo denuncie, sino que actúe como acusador particular ante la justicia ordinaria.
Por su parte, el presidente del TSE, Gustavo Ávila, advirtió en declaraciones previas que este proceso no se limitará a sanciones administrativas. Bajo el marco de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas, la comprobación de fraude en los registros de militancia es causal directa para la cancelación de la personería jurídica, lo que significaría la desaparición de las organizaciones infractoras. Ante el incremento de reclamos en diversas regiones, el TSE instruyó a los nueve tribunales departamentales unir los procedimientos de recepción de denuncias.
DELITOS
Al presentar listas de militancia con firmas o huellas falsas ante el TSE, se incurre en delitos contra la fe pública. Por ejemplo, la falsedad material (Art. 198 del Código Penal), al forjar o alterar documentos públicos (actas de registro de militancia). También se incurre en falsedad ideológica (Art. 199), al insertar declaraciones falsas (hacer pasar a alguien como militante voluntario cuando no lo es) en un instrumento público. La pena es similar. Además, se incurre en el uso de instrumento falsificado (Art. 203).