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  • Armin Copa

5/12/2025.- El Tribunal Agroambiental dictaminó un fallo trascendental el 4 de diciembre al admitir una acción ambiental preventiva interpuesta por líderes del Territorio Indígena Multiétnico (TIM II). La determinación ordena la detención inmediata de toda explotación minera que opere fuera de las cuadrículas permitidas por la AJAM en el río Madre de Dios. Además, la justicia agroambiental dispuso la paralización de concesiones mineras que carezcan de un proceso de consulta previa, libre e informada con la participación de las comunidades indígenas afectadas.

La demanda se presentó el 1 de julio, originada en la jurisdicción de Sena, Pando, e incorpora evidencia proporcionada por monitores territoriales indígenas. Las pruebas, recopiladas con el apoyo de la Central Indígena de la Región Amazónica de Bolivia (CIRABO), demuestran la polución del río Madre de Dios con concentraciones elevadas de metales pesados, aceites y grasas. Documentaron también la deforestación de 8.000 hectáreas en las riberas, un daño que deteriora la salud y los medios de sustento de las familias, mientras el río alberga entre 300 y 483 balsas extractoras de oro, en su mayoría en zonas no autorizadas, según datos del CEJIS.

La decisión judicial constituye un precedente significativo para el norte amazónico y el país, pues reconoce al río Madre de Dios como sujeto colectivo de derechos, alineado a la Ley 300. El dictamen instruye la "protección y regeneración integral" del afluente, además de la implementación de un sistema de fiscalización y monitoreo permanente en coordinación con el TIM II, reconociendo a los comunarios como defensores ambientales y solicitando un plan de protección mínimo a la Policía y el Ministerio Público.