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El Gobierno determinó tolerancia laboral de una hora diaria para los padres que tengan hijos menores de un año, en caso de que la madre haya fallecido, tenga alguna discapacidad, una condición o estado crítico de salud.

"Con la finalidad de garantizar el cuidado, preservar la salud y el interés superior de la o el menor de hasta doce (12) meses de edad que se encuentre a cargo del padre ante circunstancias sobrevinientes por muerte o impedimento de la madre", establece el Decreto Supremo 5175.

Requisitos para los beneficiarios

- Certificado de defunción de la madre

- Certificado o carnet de discapacidad de la madre

- Resolución judicial de tutela o sentencia judicial de divorcio ejecutoriada

Todos estos documentos deberán ser presentados ante su empleador o entidad pública de dependencia el certificado de nacimiento de la o el menor a su cargo, según señala la norma emitida el 19 de junio de 2024.

Por: Nadia Apaza Ochoa