- Política
- Wilma Pérez
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) acordó, en Sala Plena, interponer una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 15 de la Ley de Organizaciones Políticas (1096) ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) con el objetivo de que las organizaciones indígenas campesinas puedan presentarse con sus candidatos a las elecciones nacionales de 2025.
“En la Sala Plena se dispuso iniciar una acción de inconstitucionalidad concreta contra el artículo 15 de la Ley 1096 por ser manifiestamente inconstitucional y lo tramitamos ante el Tribunal Constitucional”, declaró a La Prensa el vocal del TSE, Tahuichi Tahuichi Quispe.
El antecedente para que la Sala Plena del ente electoral tome esa determinación se dio tras que el Consejo Nacional del Suyus Aymaras y Quchuas del Qullasuyu (Consaq-Bolivia) solicitó al TSE su registro para participar de las elecciones nacionales, este documento fue entregado el 10 de octubre.
La organización Consaq-Bolivia tiene como colores el blanco, amarillo y verde; su símbolo es un águila.
El artículo 15 de la Ley de Organizaciones Políticas establece que “las organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos deberán solicitar su registro para participar en procesos electorales de alcance subnacional”.
Al respecto, Tahuichi Quispe especificó que ese artículo va en contra de la Carta Magna del Estado porque en el artículo 209 se aclara “Las candidatas y candidatos a los cargos públicos electos (…) serán postuladas y postulados a través de las organizaciones de las naciones y pueblos indígena campesinos”.
“¡¡¡Histórico!!! En el marco del Art. 209 de la Constitución, la organización indígena CONSAQ-Bolivia ha solicitado su REGISTRO ante el TSE para participar en las elecciones presidenciales 2025, con sus propios candidatos para Presidente, Vicepresidente”, escribió más temprano el vocal Tahuichi Quispe en su cuenta X.
El vocal del TSE explicó que son cuatro acciones que se toman en cuenta para validar la participación de las organizaciones indígenas, el primer antecedente es el proyecto de Ley presentado a la Asamblea Legislativa, el 22 de abril de este año, para que se reconozca el derecho de las organizaciones campesinas a participar de todas las elecciones de alcance nacional.
La segunda tiene que ver con la acción de inconstitucionalidad que el TSE prepara para presentar al TCP, la tercera es una eventual acción de cumplimiento y por último, una interpretación y aplicación directa del artículo 209 de la Constitución Política.
“Quiénes no quieren que prospere este derecho político a favor de las organizaciones indígenas son los partidos políticos, hay una suerte de monopolio y eso no debería ser. Nuestra constitución reconoce un derecho Plurinacional, entonces ese es un derecho hay que visibilizarlo y transparentarlo, no hacerlo mantendrá a las organizaciones indígenas como escalera de los partidos políticos”, dijo.